SANCIONES ITV EDIFICIOS
Las sanciones itv edificios o el incumplimiento de la obligación de realizar y registrar el Informe de evaluación del edificio se considera una infracción urbanística.
Según el artículo 142 de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril. Se Considerá un incumplimiento de los deberes de uso, conservación y rehabilitación.
El importe exacto de las sanciones aún no están publicadas en el BOPA , pero en el artículos 250 de este decreto indica los siguientes importes de las sanciones:
a) Las leves, con multa de 150 € a 6.000 €.
b) Las graves, con multa de 6.001 € a 300.500 €.
c) Las muy graves, con multa de 300.501 € a 1.202.000 €.
En cualquier caso, la Administración urbanística competente deberá publicar las sanciones itv edificios impuestas y las medidas de legalización.
Por lo tanto, viendo las cuantías de las sanciones conviene destacar la importancia de legalizar el informe de evaluación del edificio, lo antes posible y así evitar futuras sanciones.